Los vehículos para los exámenes, con ADAS (Advanced Driver Assistance Systems, ADAS) o sistemas de apoyo al conductor)
- La nueva instrucción se adapta al mercado y permite formar a los conductores en el uso de estos sistemas que ayudan a reducir la siniestralidad
16 SEPTIEMBRE 2019
El 15 de septiembre entró en vigor una instrucción de la Dirección General de Tráfico por la que se permite disponer a los vehículos utilizados para la realización del examen práctico de conducir de determinados sistemas avanzados de ayuda a la conducción (ADAS).
Estos sistemas se han ido incorporando, tanto de serie como opcionalmente, de forma progresiva; en un primer momento en vehículos de alta gama desde el año 2012 para posteriormente ampliarse a los de gama media, desde 2015-2016. En la actualidad ya se ofrecen en la mayoría de las categorías, pero en 2022, muchos de estos sistemas serán obligatorios en todos los vehículos de serie matriculados en la Unión Europea.
Esta nueva instrucción viene a actualizar los requisitos exigidos a los vehículos utilizados en las pruebas para la obtención del permiso de conducción y la revisión de los criterios de calificación del mismo, sin menoscabar la necesaria comprobación por parte del examinador de que el aspirante es capaz de circular por las vías públicas con la necesaria seguridad.
ADAS permitidos
- Star-Stop: Sistema de arranque del automóvil que apaga el motor cuando está al ralentí y lo vuelve a encender cuando se pisa el embrague.
- Sistema de ayuda de salida en pendiente: Conocido como Hill Holder. Este dispositivo cuenta con un sensor que detecta el ángulo de inclinación en el que se encuentra el coche, impidiendo que el automóvil se vaya hacia atrás al levantar el pie de freno.
- Activación automática de alumbrado y limpiaparabrisas: Ambos sistemas se activan cuando un sensor detecta una disminución de la visibilidad o presencia de lluvia suficientemente significativa.
- AEB, Frenado de emergencia urbano e interurbano: En caso de despiste del conductor y riesgo de colisión por alcance, el sistema es capaz de detectar un peligro inminente y actuar de dos formas: avisando al conductor y en caso de que el conductor haga caso omiso a la advertencia, el sistema AEB tomará el control del vehículo para detenerlo y realizar una frenada de emergencia.
- RCTA. Alerta de tráfico cruzado: El sistema supervisa el tráfico trasero en sentido transversal al salir marcha atrás de un hueco de aparcamiento en batería. Si detecta un vehículo aproximándose se emitirá un aviso sonoro y/o visual.
- Cámara de marcha atrás, cámara 360º y/o sensores de aparcamiento Estos sistemas no deben confundirse con el sistema de ayuda de estacionamiento total, que no está permitido.
- Sistema de detección de fatiga que alerta al conductor en situaciones en las que pierda la concentración al volante, ya sea por fatiga o sueño, para así evitar accidentes.
- EBD Aviso de frenada de emergencia: ayuda a los conductores a detectar cuándo el vehículo que circula por delante está realizando una frenada de emergencia.
Todos estos sistemas pueden ir equipados en los vehículos, pero durante el examen, se deberán desactivar aquellos vehículos que lo incorporen: el control adaptativo de la velocidad, conocido como ISA; el sistema de aviso y/o corrección de cambio involuntario de carril y el de estacionamiento total, aunque si se permitirá la cámara de marcha atrás, cámara 360º y/o sensores de aparcamiento.Cómo serán evaluados
Al igual que ya ocurre en todos los exámenes prácticos, los examinadores podrán solicitar al aspirante en las comprobaciones previas al examen que localice alguno de estos sistemas.
- ACTIVACIÓN AUTOMÁTICA DE ALUMBRADO Y LIMPIAPARABRISAS. El examinador podrá pedir al aspirante en las comprobaciones previas que localice ambos mandos. Si durante la prueba, circulando con la activación automática, cualquiera de los mandos mencionados se activara, no se aplicará penalización. Si no se activara por fallo del sistema, siendo necesario por falta de visibilidad, el aspirante deberá hacerlo de manera manual. Si no lo hiciese sería calificada de falta leve. Una vez calificado, se le indicará que lo active. Si no lo hace, será considerada falta eliminatoria.
- RCTA. ALERTA DE TRÁFICO CRUZADO. El examinador valorará la situación teniendo en cuenta si existe o no visibilidad. Si no hay visibilidad y se activa el sistema, no se calificará (siempre que la maniobra se haya realizado en condiciones de seguridad). Si habiendo visibilidad, el aspirante realiza la maniobra y el sistema se activa por riesgo de colisión, se calificará como deficiente, si existe obstaculización a los demás usuarios y, como falta eliminatoria, por maniobra o actuación evasiva de otros usuarios.
- AEB O FRENO DE EMERGENCIA. Para calificar esta prueba, el examinador valorará la situación como si se tratara de una intervención del profesor: si el AEB se ha activado de manera correcta para evitar un accidente o una falta eliminatoria, se calificará como tal.
- SISTEMA DE DETECCIÓN DE FATIGA. El examinador comprobará el estado del aspirante a fin de decidir sobre la continuidad de la prueba o tomar las medidas que considere oportunas.
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